RESOLUCIÓN ACUERDO ENTRE CATASTRO Y REGISTRO DE LA PROPIEDAD


IMAGEN 15 OCTUBRE
15/10/2020. En el BOE del día 10 de octubre se ha publicado la Resolución que aprueba especificaciones técnicas complementarias para la representación gráfica de las fincas sobre la cartografía catastral y se articula un protocolo que mejorará la coordinación e intercambio de información entre el Catastro y el Registro de la Propiedad. Este protocolo de coordinación e intercambio de información dota de más seguridad jurídica al tráfico inmobiliario, al tiempo que simplifica los trámites administrativos.

El detalle completo de la misma es el siguiente:

RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2020, de la Subsecretaría (Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática) (B.O.E., nº 269, 10/10/2020),
Por la que se publica la Resolución conjunta de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueban especificaciones técnicas complementarias para la representación gráfica de las fincas sobre la cartografía catastral y otros requisitos para el intercambio de información entre el Catastro y el Registro de la Propiedad.

Los objetivos de esta nueva normativa son aumentar la seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario; incrementar la accesibilidad y la transparencia; remover barreras de acceso a la información inmobiliaria; reducir los costes; permitir la implicación de la ciudadanía que puede actualizar y rectificar la descripción de sus inmuebles, así como simplificar todo el trámite administrativo.

La nueva resolución conjunta aborda temas importantes, no resueltos en el marco legal actual, como la necesidad de obtener un Informe de Validación Gráfica de Alternativas del Catastro (IVGA), para conseguir la coordinación de las representaciones gráficas georreferenciadas alternativas (RGGA), y que permite conocer anticipadamente si el levantamiento topográfico realizado por un técnico se puede incorporar o no a la cartografía catastral.

Asimismo, se dan soluciones técnicas a los problemas derivados de las discrepancias geométricas, giros y desplazamientos cartográficos, lo que posibilita el correcto tratamiento de las comunicaciones recíprocas.

Además, esta nueva resolución viene a solventar problemas detectados como la necesidad de la representación gráfica y consiguiente certificación del solar de un edificio en división horizontal; o el tratamiento de las representaciones gráficas alternativas en determinados supuestos. Así, introduce conceptos prácticos esenciales como la precisión de cartografía, margen de tolerancia y, sobre todo, identidad gráfica de parcela.

Este acuerdo concreta la información que se intercambia sobre los estados de coordinación e incluye la corrección o revocación de la misma; y, además, aborda temas como la representación gráfica de los bienes de dominio público, la inscripción de los mismos y el tratamiento de los expedientes administrativos que suponen una reordenación de la propiedad y otros análogos. Finalmente, se aborda el caso de fincas situadas sobre territorios pertenecientes a más de un registro.

La resolución, aparte de solucionar los problemas detectados, permite afrontar nuevos casos y supuestos, de modo que se facilita la coordinación de parcelas catastrales y fincas registrales, se favorece la inscripción de los bienes de dominio público y se aumenta la cantidad y calidad de los intercambios de información entre el Catastro Inmobiliario y el Registro de la Propiedad, de forma segura y coordinada.

La resolución, firmada se suma a la resolución conjunta de la Dirección General de los Registros y del Notariado, y de la Dirección General del Catastro que regula los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los registros de la propiedad, de 26 de octubre de 2015.

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