El Consejo de Ministros acordó la modificación del régimen de la deducción por obras de rehabilitación en el IRPF. Se amplía el objeto de la deducción, que ya no estará limitado a las obras que se realicen en la vivienda habitual, sino que se extenderá a las que se lleven a cabo en cualquier otra vivienda, incluidas las que se pongan en alquiler, con la única excepción de que no estén afectas a actividades económicas por parte del contribuyente. Además, se eleva el tipo de la deducción del 10% original al 20%, así como el límite máximo de renta.