SENTENCIA DEL TSJ DE CANTABRIA

imagen 28 enero 2

28/01/2026. El TSJ de Cantabria, en sentencia de 12 de enero de 2026, ha estimado el recurso interpuesto por el Colegio de la Arquitectura Técnica de dicha demarcación obligando a dividir en dos lotes (dirección de obra y dirección de ejecución material) la licitación del contrato para el servicio de asistencia técnica de la dirección facultativa y coordinación en materia de seguridad y salud de las obras de conservación a realizar en el inmueble convento de las Clarisas de la Santa Cruz de Santander. 

Entre otras consideraciones, la sentencia recoge al respecto que: “Analizada la documentación contractual, la Sala llega a la conclusión de que no justifica en modo alguno la inclusión en el lote uno, de la dirección de obra y la dirección de ejecución de la obra. Lo que hace es justificar la existencia de dos lotes, pero no la configuración del primero en esa forma conjunta, cuando es claro que, efectivamente era posible la división. El EA sirve para justificar que haya dos lotes, pero no que el primero tenga que incluir la dirección de obra y la dirección de ejecución de la obra. Es más, si la finalidad es permitir la participación de distintas profesiones, la no división del primer lote en dos, incrementa esa dificultad y, más, si se exige la doble titulación para personas físicas. Una cosa es que la ley permita encomendar a una misma persona la labor de director de obra y dirección de ejecución de la obra y otra muy distinta que los pliegos impongan esta situación, especialmente cuando se trata de personas físicas.” 

Además de lo anterior, el COAT de Cantabria recurría la licitación por permitir en un lote específico para la coordinación de seguridad y salud de las citadas obras, la concurrencia de profesionales de la ingeniería y de la ingeniería técnica. Como ya hiciera en anteriores sentencias, el Tribunal estima el recurso y reitera que para las obras que afectan a edificios cuyo uso se enmarca en el artículo 2.1.a) de la LOE, la coordinación de seguridad y salud debe quedar reservada a arquitectos técnicos y arquitectos. 

Se trata de una sentencia muy positiva, de la que cabe destacar su sólida fundamentación, la cual se puede consultar en este enlace.

Compartir en redes sociales

Submit to FacebookSubmit to TwitterSubmit to LinkedIn


logo transparente 140Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Valladolid

Divina Pastora, nº 1 - LOCAL - 47004 - Valladolid

Teléfonos 983 361 173  / 609 84 77 05

e-mail: coaatva@coaatva.es

 


We use cookies

Usamos cookies en nuestro sitio web. Algunas de ellas son esenciales para el funcionamiento del sitio, mientras que otras nos ayudan a mejorar el sitio web y también la experiencia del usuario (cookies de rastreo). Puedes decidir por ti mismo si quieres permitir el uso de las cookies. Ten en cuenta que si las rechazas, puede que no puedas usar todas las funcionalidades del sitio web.